#ElPerúQueQueremos

A propósito de la inclusión del 06 de agosto como feriado nacional

Publicado: 2022-08-10

Mediante Ley 31530, publicada el 26 de julio de 2022, se estableció el 06 de agosto como feriado nacional por el día de la conmemoración de la batalla de Junín. Esta se aplica, por tanto, para el sector público y para el sector privado, al modificarse, en este último caso, el artículo 02 se modifica el Decreto Legislativo 713, que regula los descansos remunerados en el régimen laboral de la actividad privada.

De acuerdo con la modificación introducida , los días de feriado remunerado de alcance nacional serían los siguientes:

• Año Nuevo (01 de enero)

• Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

• Día del Trabajo (01 de mayo)

• San Pedro y San Pablo (29 de junio)

• Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

• Batalla de Junín (06 de agosto)

• Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

• Combate de Angamos (08 de octubre)

• Todos los Santos (01 de noviembre)

• Concepción (08 de diciembre)

• Batalla de Ayacucho (09 de diciembre)

• Navidad del Señor (25 de diciembre)

Durante dichos días feriados, los trabajadores y trabajadoras tienen derecho a un descanso remunerado; sin embargo, quienes laboren en día feriado y no compensen con descanso posterior tienen derecho al triple de su remuneración: por el feriado, por la labor efectiva realizada y una suma adicional por haber trabajado en feriado.

Nos parece importante que se rememore sucesos históricos de importancia para nuestra vida republicada, como la batalla de Junín, la cual se llevó a cabo el 06 de agosto de 1824 en la Pampa de Junín o meseta del Bombón en el Perú, enfrentado al ejército patriota liderado por el General en Jefe Simón Bolívar y el ejercito realista comandado por el General José de Canterac, en el marco de la guerra independentista del Perú. El resultado fue la victoria del ejercito patriota.


Escrito por

Cosades

Página de la Comunidad Sanmarquina de Estudios Sociolaborales (Cosades)


Publicado en