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Acerca del debate en torno a la Asamblea Constituyente y la Nueva Constitución

Publicado: 2021-04-27

El debate en torno a la redacción de una nueva Constitución Política forma parte ya de la coyuntura política y social nacional. Sin embargo, observamos con desconcierto que los principales medios de comunicación, lejos de planear el debate y otorgar espacio para las diferentes posturas, se ha dado a la tarea de convencer a la población de la imposibilidad de convocar a una Asamblea Constituyente mediante referéndum y de que toda reforma, total o parcial, de la Constitución no puede estar sino en manos del Congreso de la República.

Los abogados constitucionalistas, estudiosos y analistas internacionales que los medios de comunicación entrevistan parecen olvidar la diferencia que existe entre el Poder Constituyente y el Poder Constituido.

El Poder Constituyente es la máxima expresión del poder del pueblo, a través de la cual todos los elementos de la sociedad someten, libre y soberanamente, la creación de una nueva Constitución Política y, en virtud de tal decisión, se decide construir una representación del tipo que desee, a la cual le impone el deber de redactar una nueva Constitución Política. Aunque en la historia del Perú esto haya ocurrido siempre en contextos dictatoriales, lo normal es que este poder se ejerza a través de una consulta popular o referéndum, sin exclusión de nadie. El Poder Constituyente es la máxima expresión del poder del pueblo y no reconoce autoridad por encima de él. Una vez redactada la Constitución, esta recién reconoce al Poder Constituido, representado por los Poderes del Estado, otros organismos constitucionales y las relaciones de poder entre los diversos elementos de la sociedad.

En ocasiones, el Poder Constituido puede ejercer lo funciones del Poder Constituyente por Derivación, como por ejemplo cuando se autoriza al Congreso de la República a efectuar reformas constitucionales o al Tribunal Constitucional para interpretar la Constitución Política. Pero este Poder Constituyente derivado se ejerce con serios límites, debido a que en ningún caso pueden reemplazar al verdadero Poder Constituyente ni contradecirlo.

El Congreso de la República es un órgano del poder constituido, de manera que solamente puede ejercer funciones del Poder Constituyente por Derivación, pero nunca puede monopolizar o usurpar las atribuciones del Poder Constituyente propiamente dicho porque eso significaría la abolición del derecho que tiene el pueblo peruano de autoconvocar una Asamblea Constituyente con la finalidad de redactar una nueva Constitución Política sobre la base del debate democrático y la participación de amplios sectores de la población.

Argumentar que únicamente la Constitución Política se modifica en virtud de su artículo 206, que indica que “toda reforma constitucional debe ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros, y ratificada mediante referéndum”, es negar al pueblo el ejercicio directo del Poder Constituyente y, con ello, socavar las bases más profundas de la democracia.

¿Puede entonces abolirse el Poder Constituyente y dejarse todo en manos de un Poder Constituido (función del Congreso de la Republica de modificar la Constitución Política)? Consideramos que no. Decir lo contrario implica desconocer, a través de sofismas y discursos forzados, el poder que tiene el pueblo para ejercer soberana y directamente su facultad de reorganizar la sociedad sobre la base de una Asamblea Constituyente en la que participen todos los sectores de la sociedad y que solo dependa de su voluntad mayoritaria expresada en un referéndum y no se vea maniatada por un Congreso que no se puede arrogarse las atribuciones del Poder Constituyente. Más aún, si existen experiencias como las de Colombia en el año 1991 en las que se han redactado una nueva Constitución sin que la Asamblea Constituyente se encuentre regulada en su Constitución Política, porque se sabe que en ningún caso el Poder Constituyente directo del pueblo puede encontrarse abolido.

Si el pueblo quiere redactar una nueva Constitución lo aprobará en un referéndum, si el pueblo no quiere, la negará por la misma vía. Hagamos que, por primera vez en la historia del Perú, la Constitución Política sea elaborada en un contexto de amplia democracia.

Por ello, la Comunidad Sanmarquina de Estudios Sociolaborales (Cosades) manifiesta la necesidad de abrir un debate nacional para impulsar el proceso de redacción de una nueva Constitución. Sería una gran oportunidad para regular mejor muchos aspectos importantes, como el de las relaciones laborales y la seguridad social, máxime si dicho proceso se realiza de manera democrática y expresando la voluntad genuina del pueblo.

Lima, 27 de abril de 2021.


Escrito por

Cosades

Página de la Comunidad Sanmarquina de Estudios Sociolaborales (Cosades)


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